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Agrupaciones, reparcelaciones, segregaciones, etc.

¿Quieres unir o separar propiedades?

¿Qué son las segregaciones y en qué situaciones ocurren?

Las segregaciones son procesos en los que una finca registral, ya sea rústica o urbana, experimenta cambios en su configuración original, ya sea aumentando o disminuyendo su extensión. Estos cambios deben estar debidamente documentados y cumplir con los requisitos legales correspondientes. En este sentido, resulta beneficioso contar con los servicios de una empresa especializada en topografía que pueda ofrecer informes de deslindes y amojonamientos de parcelas, informes periciales, planos georreferenciados, generación de GML y certificados de validación por parte del catastro.

La segregación implica separar una parte de una finca, ya sea rústica o urbana, para que constituya una finca independiente. No se trata simplemente de trazar una línea y decir «esto me sobra». En el caso de las segregaciones de fincas rústicas, se debe tener en cuenta la regla general de partición, que establece la unidad mínima de cultivo establecida para cada municipio. De lo contrario, el acto de segregación podría ser declarado nulo, salvo en las excepciones previstas por la ley o con la autorización correspondiente.

En el caso de las fincas urbanas, es importante tener en cuenta que deben regirse por la ley del suelo de cada comunidad autónoma y por el plan urbanístico vigente. Además, la premisa básica para llevar a cabo una segregación de fincas urbanas es que las dos fincas resultantes cumplan con los requisitos mínimos para ser consideradas fincas independientes. Esto puede incluir, por ejemplo, una superficie edificable mínima de 600 m2, acceso a una vía pública y disponibilidad de las infraestructuras necesarias.

Por lo tanto, es necesario que un profesional realice un proyecto de segregación que incluya mediciones, cálculos y planos técnicos para justificar ante la administración la idoneidad o necesidad de la segregación. Para llevar a cabo este proceso, es necesario obtener una licencia de segregación o una declaración de innecesariedad por parte de la administración. Una vez obtenida la licencia, se redacta una escritura de segregación o parcelación en la que se señala el límite o punto cardinal de la finca original. En dicha escritura se describe la finca segregada y el estado en el que queda la finca restante (o finca original).